@article{Ríos Erazo_Silva Goñi_2013, title={Daño moral a las personas jurídicas: ¿qué ha dicho nuestra jurisprudencia?}, url={https://rej.uchile.cl/index.php/RECEJ/article/view/29920}, DOI={10.5354/rej.v0i18.29920}, abstractNote={El daño moral ha sido fuente de interesantes debates entre la doctrina civilista. Todos los aspectos relacionados con este concepto despiertan encontradas opiniones entre tratadistas, jueces, profesores y litigantes. La definición y los tipos de daño moral, su sujeto pasivo, los titulares de la acción de reparación, su transmisibilidad, los fines del resarcimiento, el medio idóneo para cuantificarlo, la conveniencia de fijar criterios de estandarización (baremos), la discrecionalidad con que lo aprecian los sentenciadores, las exorbitantes sumas demandadas o concedidas por este rubro, la sede de responsabilidad en que opera, la necesidad de probarlo; son temas que han nutrido de disímiles puntos de vista a la literatura sobre la responsabilidad civil. En este trabajo revisamos las respuestas que ha dado la jurisprudencia de nuestro país a la pregunta por la legitimación activa de las personas jurídicas para reclamar la reparación del daño moral. Ello, desde la primera vez que un tribunal chileno se refirió a este tema, hasta los fallos más recientes. Nuestro propósito es develar los criterios que han seguido los jueces, examinando las sentencias en que se han pronunciado sobre el punto. En fin, quizá sea posible, según los resultados que obtengamos, empezar a hablar de una jurisprudencia uniforme.    }, number={18}, journal={Revista de Estudios de la Justicia}, author={Ríos Erazo, Ignacio and Silva Goñi, Rodrigo}, year={2013}, month={nov.}, pages={pp. 111–133} }