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Los artículos recibidos hasta el 30 de abril pueden publicarse en el primer semestre y los recibidos hasta el 15 de septiembre en el número correspondiente al segundo semestre.

Envíos

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Lista de comprobación para la preparación de envíos

Como parte del proceso de envío, los autores/as están obligados a comprobar que su envío cumpla todos los elementos que se muestran a continuación. Se devolverán a los autores/as aquellos envíos que no cumplan estas directrices.
  • El artículo es una obra original e inédita escrita en español o en inglés. Recordar que por "artículos originales" se entienden los textos que no han sido publicados en el idioma que se presentan en otra Revista. Por tanto, se admiten como textos originales las partes de monografías u obras colectivas o las primeras traducciones al castellano de artículos publicados en otro idioma.
  • El o los autores declaran ser titulares originarios y exclusivos de los derechos patrimoniales y morales de autor sobre el artículo, de conformidad a lo dispuesto en la Ley N°17.336 sobre Propiedad Intelectual (Chile) y que, en caso de haber utilizado obras ajenas en la creación del artículo, ya sea de manera total o parcial, declara contar con las respectivas autorizaciones o licencias de uso de sus respectivos titulares o que su utilización se encuentra expresamente amparada por alguna de las excepciones establecidas en la Ley.    
  • El o los autores liberan expresamente de cualquier responsabilidad ulterior al Centro de Estudios de la Justicia de la Facultad de Derecho de la Universidad de Chile, por cualquier infracción legal, reglamentaria o contractual que eventualmente cometa o hubiere cometido en relación a la obra, obligándose a repararle todo perjuicio que resultare de la infracción de éstos u otros derechos.    
  • Que, por medio de este acto, el o los autores autorizan al Centro de Estudios de la Justicia de la Facultad de Derecho de la Universidad de Chile, para que, por sí o a través de terceros autorizados expresamente por éste, ejerza los derechos que se precisan a continuación, respecto del artículo enviado: i) Publicación, edición, reproducción, adaptación, distribución y venta de los ejemplares reproducidos, incluyendo la puesta a disposición del público en línea por medios electrónicos o digitales, del artículo en idioma castellano o inglés, en todo territorio conocido, sea o no de habla castellana, y para todo tipo de edición impresa en papel y electrónica o digital, mediante su inclusión en la Revista de Estudios de la Justicia u otra publicación que edite el Centro.   ii) La presente autorización se confiere en carácter no exclusivo, gratuita, indefinida, perpetua y no revocable, mientras subsistan los derechos correspondientes y, libera al Centro de Estudios de la Justicia de la Facultad de Derecho de la Universidad de Chile, de cualquier pago o remuneración por el ejercicio de los derechos antes mencionados.
  • El o los autores aceptan someterse a las reglas editoriales establecidas por la Revista de Estudios de la Justicia.     

Directrices para autores/as

NORMAS PARA AUTORES

I. Objetivo y Política de la Revista de Estudios de la Justicia

La Revista de Estudios de la Justicia publica artículos de investigación juridica o interdisciplinaria inéditos y originales, los cuales son revisados por expertos (pares) externos, que han publicado investigaciones similares previamente. Las evaluaciones se realizan de forma anónima y versan sobre la calidad y validez de los argumentos expresados en los artículos.

No se aceptan trabajos sin que haya transcurrido al menos un año contado desde la última publicación del mismo autor/a. Tampoco se evalúan simultáneamente más de una propuesta (ya sea como autor/a único/a o en coautoría). Si se recibe un trabajo sin que se haya cumplido el plazo, se informará al autor/a de esta circunstancia y no se iniciará el proceso editorial sino hasta que el trabajo sea enviado nuevamente una vez transcurrido aquel.

II. Ética en Publicación

En caso sea detectada alguna falta contra la ética en publicación durante el proceso de revisión o después de la publicación del artículo, la revista tomará las acciones legales que correspondan para sancionar al autor del fraude.

III. Forma y preparación de los artículos 

III.1. Normas Generales

Todo artículo presentado a la REJ debe ser escrito en español o inglés, versar sobre temas de interés jurídico o interdisciplinario y tener la condición de original e inédito. La extensión del artículo no puede exceder las 15.000 palabras (incluyendo resumen, palabras clave, notas a pie de página y referencias bibliográficas).

III.2. Documentación Obligatoria

Declaración de autoría y autorización de publicación: Debe ser firmada por todos los autores y enviada junto con el artículo postulante. Con este documento, el autor se compromete, entre otras, a no presentar el artículo objeto de postulación a otra revista, libro o cualquier otro medio o plataforma de difusión, hasta recibir la decisión editorial de la REJ.

En el caso de trabajos en coautoría se debe indicar la categoría de coautoría y el porcentaje de contribución de cada participante, en lo que fuere pertinente, conforme a la taxonomía CRedit disponible en el sitio https://credit.niso.org/

III.3. Características de los artículos

III.3.1 Primera Página

En la primera página se debe incluir lo siguiente:

- TÍTULO: En español e inglés;

- NOMBRE DEL AUTOR (o autores): se debe incluir en una nota al pie de página la filiación institucional, ciudad y país, profesión y grado académico, así como el correo electrónico del autor;

- RESUMEN: texto breve en el idioma del artículo e inglés en el que se mencione las ideas más importantes de la investigación (entre doscientas y cuatrocientas palabras);

- PALABRAS CLAVES: En el idioma original del artículo e inglés (mínimo 5, máximo 10);

En caso de que el estudio haya sido presentado como resumen a un congreso o tenga algún antecedente, ello debe ser precisado con la cita correspondiente.

III.3.2 Cuerpo del texto

- El texto deberá estar escrito en fuente Times New Roman o Garamond, tamaño 12.

- Se pueden utilizar gráficos y tablas 

- Las referencias bibliográficas serán únicamente las que han sido citadas en el texto, y se ordenarán alfabéticamente

III.3.3 Normas sobre referencias bibliográficas

Las referencias bibliográficas que se hagan en el artículo deben ser actualizadas, relevantes, elaboradas con la información necesaria, sin omitir alguna referencia relevante para el estudio y cumpliendo escrupulosamente con las normas de la ética académica.

Dichas referencias deben realizarse conforme a las normas disponibles en el sitio https://tipografica.io/manual-estilo-revistas-cientificas/ 

III.3.3.1 Cuestiones ortotipográficas generales

- Las notas al pie van siempre después de la puntuación. Se debe evitar hacer dos notas al pie consecutivas.

- Las elipsis se marcan con tres puntos suspensivos encerrados en corchetes [...]

- El uso de las cursivas debe limitarse a las expresiones de idioma extranjero (lo que no aplica para citas ni para nombres de instituciones extranjeras). Excepcionalmente, se pueden utilizar cursivas para dar énfasis a alguna palabra o frase.

- Por regla general, se deben evitar las abreviaturas latinas en el tratamiento de citas y referencias, como et. al., v. gr., ídem., íbid. y op. cit.

III.3.3.2 Citas y comillas

- Las citas breves deben incluirse dentro del texto y «entre comillas», indicando la fuente o referencia entre paréntesis. Las citas extensas, de cuatro o más líneas, deben separarse en párrafo aparte y no llevan comillas.

- Por regla general, se prefieren las comillas latinas  («…») por sobre las inglesas (“…”). En el caso de una frase entrecomillada dentro de otra frase entrecomillas, se pueden usar las comillas inglesas para la frase interior.

III.3.3.3. Recursos de Internet

- Los correos electrónicos y las URL no se marcan con los signos de lambda (< >), como es usual verlo en algunas publicaciones, pero sí deben llevar a un hipervínculo verificado.

- Para direcciones largas es recomendable usar un acortador de URL

III.3.3.4 Elementos gráficos

- Todos los elementos gráficos deben estar numerados correlativamente según su tipo (imagen 1, imagen 2… tabla 1, tabla 2) y contener un título o leyenda.

- Todos los elementos gráficos deben tener al menos una remisión interna en el texto (por ejemplo, «véase tabla 1»).

III.3.3.5 Anglicismos

- Consideramos que hay una serie de anglicismos que son de difícil o imposible reemplazo en castellano, y que el uso ya los ha incorporado a nuestra lengua y deben escribirse en redondas. La mayoría de estos casos provienen del mundo de la tecnología. Son los siguientes: bitcoin, chat, copyright, hacker, hardware, ranking, software, wifi, web.

- En otros casos, es preferible la forma en nuestro idioma: «correo electrónico» es mejor que «email».

III.3.3.6 Listado de referencias

Forma General: La forma general de una referencia tiene cuatro campos consecutivos: autor, año, título, datos de la publicación. Con el objetivo de facilitar la búsqueda en un listado de referencias, preferimos que el año vaya entre paréntesis inmediatamente después del nombre del autor (lo que constituye una diferencia con el Manual de estilo Chicago-Deusto). El título del recurso siempre es un campo entre puntos. Los datos de publicación pueden indicar la fuente del recurso (la revista donde está publicado el artículo, por ejemplo), la editorial y la ciudad de edición (en el caso de un libro) y los enlaces respectivos si el recurso tiene disponible una versión en línea.

Orden de las entradas: Las entradas de un listado de referencias deben ordenarse alfabéticamente. En el caso de recursos de un mismo autor, el orden es por fecha de publicación. En el caso de que coincidan el nombre del autor y la fecha de publicación, los recursos se ordenan alfabéticamente agregando una letra minúscula al año: 2011a, 2011b, 2011c, etcétera.

Raya de sustitución: En el caso de que en dos o más entradas se repita el autor o los autores, es recomendable usar una raya de sustitución seguida de punto (—.) a partir de la primera repetición.

URL del recurso: Si el recurso tiene una versión disponible en internet —independiente de que el investigador haya consultado una versión impresa—, debe figurar siempre la URL.

Fecha de consulta de un recurso en línea: Es usual ver que los investigadores colocan la fecha en que han consultado un recurso en línea. Esto no es necesario. La publicación de un artículo supone la verificación y disponibilidad de todos los recursos en línea. Un recurso incluido por un investigador en su artículo y que no está disponible en línea en el momento de la publicación, no puede ser una referencia.

DOI del recurso: Cuando el recurso tenga asignado un DOI, éste puede reemplazar a la URL, pero siempre debe estar hipervinculado.

Abreviaturas en los nombres de revistas científicas: Los nombres abreviados de revistas científicas deben soltarse.

Coherencia del listado de referencias: Todas los recursos incluidos en el listado de referencias de un artículo científico deben tener alguna remisión en el cuerpo del artículo. Del mismo modo, todas las remisiones en el cuerpo del texto deben apuntar a una entrada en el listado de referencia.

Toponimia: Cuando existan, se deben usar los topónimos en español en los nombres de ciudades (Nueva York, Londres, Berlín, París, etcétera). En el caso de la capital de nuestro país, se debe evitar la forma «Santiago de Chile». Basta con «Santiago».

Nombre de la editorial: Se aconseja evitar la expresión «editorial» cuando acompaña al nombre de la editorial; basta con su nombre.

III.3.3.7 Ejemplos de entradas en el listado de referencias

- Libro de un autor o editor. En el listado de referencias el nombre del autor debe ir invertido, esto es, primero el o los apellidos seguido del nombre y separados por una coma. El paréntesis encierra el año de publicación.

Cremades, Javier (2007). Micropoder. La fuerza del ciudadano en la era digital. Madrid: Espasa.

- Libro de dos o tres autores o editores. En este caso, sólo el primer nombre se invierte en el listado de referencias; el resto se debe mantener tal como aparece en la fuente.

Fabra Valls, Modesto y José Luis Blasco Díaz (2007). La administración electrónica en España: Experiencias y perspectivas de futuro. Valencia: Universitat Jaume I.

- Libro de cuatro o más autores. Se deben incluir todos los autores en la entrada del listado de referencias. En el texto, sin embargo, la cita puede mencionar sólo el apellido del primer autor listado seguido de la expresión «y otros».

Barnes, Peter, Chris Dibona, Sam Ockman y Mark Stone (1999). Voices from the Open Source Revolution. Nueva York: O’Reilly Media.

- Tomo de una obra. El tomo de una obra va luego del título, idealmente en número arábigo y sin abreviaturas.

Arce, Miguel y Julio Báez (2013). Código Penal, comentado y anotado. Tomo 3. Buenos Aires: Cathedra.

- Mención al número de edición.

Blanco Cordero, Isidoro (2015). El delito de blanqueo de capitales. 4.ª ed. Pamplona: Thomson Reuters Aranzadi.

- Mención al traductor.

Kaufmann, Armin (2006). Dogmática de los delitos de omisión. Trad. desde la 2.ª edición alemana por Joaquín Cuello Contreras y José Luis Serrano González. Madrid: Marcial Pons.

- Capítulo o parte de un libro.

Gómez Puntes, Marcos (2007). «La administración electrónica». En Martín Rebolledo (compilador), La autorización administrativa, la administración electrónica y la enseñanza del derecho administrativo hoy (pp. 11-56). Pamplona: Aranzadi.

- Artículo en una revista impresa. En el texto, coloca el número de la página consultada. En el listado de referencias, coloca en rango de páginas en que aparece el artículo en la revista.

Zúñiga, Francisco (2001). «Apostillas: Ley y reglamento en la Jurisprudencia del Tribunal Constitucional (de la germanización al practicismo)». Revista Ius et Praxis, 7 (2): 209-257.

- Artículo en una revista en línea con URL.

Cerda, Alberto (2003). «Intimidad de los trabajadores y tratamiento de datos personales por los empleadores». Revista Chilena de Derecho Informático, 2: 35-59. Disponible en http://bit.ly/2sHqKMc.

- Artículo en una revista en línea con DOI.

Bello Lagos, Nicolás (2014). «La apropiación de obras en el dominiopúblico a través de su digitalización». Revista Chilena de Derecho y Tecnología, 3 (2): 11-65. DOI: 10.5354/0719-2584.2014.31656.

 

 

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