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Esbozo de un modelo de atribución de responsabilidad penal de las personas jurídicas

Autores/as

  • Percy García Cavero Abogado, Doctor en Derecho Universidad de Navarra, Catedrático de Derecho Penal de la Universidad de Piura

Resumen

El artículo ofrece una panorámica general sobre los dos modelos de imputación de responsabilidad penal a las personas jurídicas, a saber, el modelo de responsabilidad penal por el hecho de otro, consistente en imputar a la persona jurídica la responsabilidad por el injusto penal que realizan sus órganos o representantes; y el modelo de responsabilidad por hecho propio que, como su nombre indica, sustenta la responsabilidad penal de la persona jurídica en un hecho de la propia persona jurídica. Luego plantea un breve esbozo de una propuesta al respecto, sobre la base de un modelo de imputación de responsabilidad penal a las personas jurídicas por hecho propio. Señala que la culpabilidad de la persona jurídica solamente puede establecerse mediante un concepto de culpabilidad análogo. El injusto imputable se funda en una organización defectuosa y la persona jurídica, en tanto titular de una esfera de organización propia, puede ser hecha directamente responsable por los defectos de configuración negativos o positivos de su esfera de organización. Por último, el trabajo analiza el modelo asumido por el derecho penal chileno, mediante la dictación de la Ley Nº 20.393 (D.O. 02.12.2009), que establece la responsabilidad penal de las personas jurídicas solamente en el caso de los delitos de lavado de activos, financiamiento del terrorismo y cohecho.    

Palabras clave:

modelos de imputación de responsabilidad penal, responsabilidad penal de las personas jurídicas, culpabilidad, Ley Nº 20.393