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REJ invita a las expositoras de las VIII Jornadas de Mujeres Penalistas y Criminólogas a presentar sus exposiciones en formato de paper científico para ser publicadas en nuestra revista. Cierre de la convocatoria: 12 de septiembre de 2025.

Además, se encuentra abierta la convocatoria para la sección general, sobre temas de interés para las ciencias jurídicas y disciplinas afines.
 

Organizaciones criminales y asociaciones ilícitas en el código penal español

Autores/as

  • Patricia Faraldo Cabana Catedrática de Derecho Penal, Universidad de La Coruña
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Resumen

La reforma penal de 2010 ha introducido en el Código penal español los delitos de organización y grupo criminal, dejando subsistentes los de asociación ilícita. En este trabajo se procede a la delimitación de los conceptos de organización delictiva o criminal y asociación ilícita, con el fin de determinar si es posible distinguirlos o, por el contrario, se superponen. El concepto de organización criminal se delimita sobre la base de lo dispuesto en la normativa internacional y europea, analizándose sus elementos, desde la estructura jerárquica a la intercambiabilidad de los miembros, pasando por la actuación al margen del Ordenamiento jurídico y la estabilidad. Igualmente se presta atención a las circunstancias agravantes por razón de la estructura previstas en la normativa española: el elevado número de miembros, la disposición de armas o instrumentos peligrosos y de medios tecnológicos avanzados de comunicación o transporte por parte de la organización.

Palabras clave:

delincuencia organizada, organización criminal, código penal español