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Razones en lo jurídico y en lo moral, dos razones, diferentes racionalidades

Autores/as

  • Jorge Arturo Cerdio Herrán Abogado. Doctor en Derecho por la Universidad de Buenos Aires, Argentina. Profesor Numerario de Tiempo Completo del Departamento Académico de Derecho del Instituto Tecnológico Autónomo de México

Resumen

El artículo adopta como objeto temático el razonamiento jurídico. Sostiene la tesis de que la distinción entre razón teórica y razón práctica es clave para entender la naturaleza del razonamiento jurídico. La tesis se argumenta a partir de la distinción entre razón teórica y razón práctica. Por un lado, el razonamiento teórico tiene relación directa con el conocimiento acerca del mundo. De otro, el razonamiento práctico se ocupa acerca de decidir el curso de acción a elegir en un caso concreto. Aunque relacionadas, las racionalidades son regidas por diferentes criterios de evaluación. En segundo término se caracteriza al razonamiento práctico moral dentro del dominio exclusivo de la razón práctica y se analiza su estructura y criterios de evaluación. Finalmente se distingue el razonamiento jurídico de la moral en tanto el primero tiene exigencias de la razón teórica (conocimiento de hechos y conocimiento de normas) y de la razón práctica (qué hacer en un caso particular). Las diferentes exigencias de razón permiten advertir, también, que ciertos razonamientos jurídicos son pasibles de ciertos sentidos de racionalidad que no son aplicables al razonamiento moral.

Palabras clave:

razonamiento jurídico, razón teórica, razón práctica, razonamiento práctico moral